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ESTA GUÍA PUEDE ESTAR DESACTUALIZADA. Para consultar la documentación más reciente ingresa a https://www.sat.gob.mx/consultas/35025/formato-de-factura-electronica-(anexo-20) y da clic en el botón amarillo con la leyenda «Iniciar».

ACTUALIZACIÓN: La guía de llenado se actualizó a fines del 2019 y entró en vigor el 1 de enero de 2020.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México acaba de «innovar» y cambiar cómo se llena la factura electrónica y los campos que debe contener.

​Su sitio web es muy confuso, sin embargo existen dos links que te van a ayudar:

FORMATO DE FACTURA (ANEXO 20): ahí «encontrarás información necesaria para emitirla en la nueva versión 3.3. del anexo 20, vigente a partir del 1 de julio del 2017».

Si tienes un proveedor de facturación electrónica seguramente ya está haciendo lo necesario para estar al día con las actualizaciones, pero para quienes usamos la plataforma gratuita del SAT, ya nos habilitaron el nuevo formato entonces la información siguiente te puede servir.

Al entrar al portal https://portalcfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/ verás algunos cambios. Podrás registrar los RFC’s de algunos de tus clientes.

En mi caso, uso Google Chrome para crear el documento. Siempre lo guardo antes de intentar sellarlo. Si algo sale mal, no pierdo todo lo que hice. Casi siempre los errores aparecen al intentar sellar la factura. Ya no necesito usar Internet Explorer para el proceso.

Acertadamente el SAT han creado unos videos explicativos:

A continuación describo los que me parecieron los cambios mayores:

«Datos del Receptor»

El RFC y como adicional el nombre de la persona Física o Moral. ¡Ya no capturarás la dirección fiscal!

«Uso de CFDI»

Ahora hay que especificar el uso que el receptor le dará al documento. Es obligatorio, pero si te equivocas -no pasa nada-, según el Anexo 20. Seguramente tendrá el final que tuvo el campo de poner los últimos dígitos del número de cuenta de pago… que nadie lo use, o lo usen mal. Si no lo conoces debes seleccionar ‘Por definir’.

UsoCFDI. Recuperado el 5 de julio de 2017. Guía Anexo 20. Página 14. http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf

«Lugar de expedición»

Solo tienes que registrar el código postal. Ya nada de Delegaciones, Municipios, CDMX, etc..

Lugar de Expedición. Recuperado el 5 de julio de 2017. Guía Anexo 20. Página 10. http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf

«Forma de Pago» y «Método de Pago» ahora cambian por completo.

Izquierda: antes
Derecha: nueva forma

Ahora Forma de Pago quiere decir qué se utilizó para realizar el pago, si fue tarjeta, transferencia, efectivo, o por definir (no lo sabes por que al momento de emitir la factura no te habían pagado). Ya no existe ‘No aplica’ (N/A) ni ‘Otros’. La clave 99 ahora se llama ‘Por definir’ y se usa cuando al momento de la creación del comprobante no has recibido el pago.

Forma de Pago. Recuperado el 5 de julio de 2017. Guía Anexo 20. Página 5. http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf

Estos son unos cuantos ejemplos del catálogo:

El Método de Pago ahora se refiere al pago en una sola exhibición y al pago en parcialidades o diferido.

Método de Pago. Recuperado el 5 de julio de 2017. Guía Anexo 20. Página 9. http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf

Opciones del catálogo:

«c_ClaveProdServ»

Catálogo de productos / servicios. ¡Encuentra el que corresponde a cada concepto en el buscador en línea!

Clave Producto o Servicio. Recuperado el 5 de julio de 2017. Guía Anexo 20. Página 15. http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf

«c_ClaveUnidad»

Catálogo de unidades de medida para los conceptos en el CFDI. Al igual que el anterior, hay muchas opciones. Puedes usar ‘ACT’ (Actividad) o ‘E48’ (Unidad de servicio). Búscalas en el catálogo en línea para mayor información.

Clave Unidad. Recuperado el 5 de julio de 2017. Guía Anexo 20. Página 16. http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf

Las tasas de impuestos y los cálculos

Ahora la plataforma te calcula los montos, solo ingresas las tasas y listo. No hay necesidad de calcular por fuera retenciones ni traslados de IVA e ISR. Finalmente se reducirán los errores.

Saber cómo llenar la factura desde el portal del SAT es un reto. Para hacerlo consulta las páginas el archivo: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet.

También vas a necesitar conocer el catálogo de claves.

​​​Buscador de claves de productos​ y servicios

Buscador de unidades

Existen dos escenarios muy comunes que deseo ejemplificar:

  1. Emito el documento pero mi cliente me paga después de yo haber emitido la factura. Es decir, al momento de crear la facturación electrónica no sé cuándo me van a pagar ni cómo.
    • Forma de pago: 99 Por definir
    • Método de pago: PPD Pago en parcialidades o diferido
    • Cuando recibas el pago, deberás emitir una nueva factura con el comprobante de recepción de pagos.
  2. Al momento o previo a la creación de la factura electrónica me pagan con transferencia electrónica, entonces conozco los detalles del pago y puedo llenar los campos al instante.
    • Forma de pago: 03 Transferencia electrónica de fondos
    • Método de pago: PUE Pago en una sola exhibición

Desde el 1 de julio del 2017 entró en vigor el uso del Recibo Electrónico de Pago también conocido como Complemento para la recepción de pagos (sólo con la versión 3.3 del anexo 20).

Hay que preparase y empezar a modificar sistemas, etc. ya que a partir del 1 de diciembre será obligatoria. Existe ahora una «Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos» en la que se expresa que según «la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (RMF) en las reglas 2.7.1.32. y 2.7.1.35. establece que cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición (parcialidades) o bien cuando al momento de expedir el CFDI no reciba el pago de la contraprestación (pago diferido), los contribuyentes deberán utilizar el mecanismo contenido en la regla 2.7.1.35. para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación. El mecanismo establecido en la citada regla 2.7.1.35. de la RMF es la emisión del CFDI que incorpora el complemento para recepción de pagos.»

Video de Factura/Comprobante de Recepción de Pagos (CRP): aprende cómo hacerla y los campos obligatorios.

Exención de responsabilidad: No soy contador público, no soy experto en el tema pero leí lo suficiente para crear mis facturas y espero ahorrarte algo de tiempo. Al momento de escribir esto era la información vigente publicada por el SAT. Busca siempre si existen nuevas versiones y cambios. 

*Artículo modificado el 15 de septiembre de 2017.
**Actualizaciones de ligas en el 2020.

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